La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ahonda en la búsqueda de soluciones que den respuesta a algunos de los problemas que aquejan al sistema judicial español. A tal fin, la reforma, en un artículo único que contiene ciento dieciséis apartados, articula un paquete de medidas estructurales y organizativas encaminadas al logro de una mejor respuesta a los ciudadanos que acuden a la jurisdicción en defensa de sus derechos e intereses.
Según el ministerio de Justicia, esta reforma incorpora un amplio paquete de medidas para mejorar la organización de la Justicia, reduciendo los tiempos de respuesta de los órganos judiciales, obteniendo una mayor especialización de los órganos judiciales y prestando con ello un mejor servicio a los ciudadanos.
Esta Ley entrará en vigor el día 1 de octubre de 2015, excepto las siguientes modificaciones (DF 3ª, 1, 2 y 4), que lo harán al año de su publicación: Supresión de los artículos 96 a 101 de la LOPJ. Reforma del art. 139 de la LOPJ.
Las principales novedades introducidas por esta reforma son las siguientes: