Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
La nueva ley entró en vigor el 1 de julio de 2015 y supone la reforma más profunda efectuada en dicho Código desde su aprobación en 1995. Con ella se modifican 252 de sus artículos y se suprimen 32. Además, se reforman otros 18 artículos de la LECrim, uno de la Ley de Indulto, uno de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado y se añade una disposición a la Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE. Destaca, el refuerzo punitivo de la corrupción en los negocios y en la administración pública (Artículos 286 bis, ter, quáter, 288, 304 bis y 304 ter, 306, 308 bis CP) Se pretende garantizar la aplicación de estos delitos en todos los casos en los que, mediante el pago de sobornos, en beneficio propio o de tercero, se obtienen posiciones de ventaja en las relaciones económicas. Se introduce el delito específico de financiación ilegal de los partidos políticos (artículos 304 bis y 304 ter CP).